3. MODIFICACIONES AL UTI
POSSIDETIS DURANTE LA REPÚBLICA HASTA 1984

3.1 Las Controversias.

Después de la Proclamación de la Independencia en la República persistió la preocupación por la ocupación efectiva del territorio. Pero de igual forma el Director Supremo, don Bernardo O´Higgins se empeñó por procurar la libertad al Perú, dado que con ello, además del sentido solidario a su pueblo, se aseguraba la expulsión de los españoles que aún mantenían ese virreinato y en Abril de 1819, ordenó el bloqueo de los puertos del Virreinato del Perú por los buques de la Armada de Chile, al mando del Almirante Cochrane, para impedir que recibieran auxilio ultramarino. Y la orden del Gobierno fue establecer el bloqueo en todos los fondeaderos del mar Pacífico desde Iquique al norte hasta los 2º 12´S. Desde Iquique al sur, los fondeaderos eran chilenos.

Con posterioridad a estas acciones navales, vino el zarpe de la Expedición Libertadora del Perú el 20 de Agosto de 1820.

En 1825, las provincias de la Audiencia de Charcas, que eran constituyentes del Nuevo Virreinato del Río de la Plata, decidieron declarar su independencia en una Asamblea reunida en Chuquisaca y originaron una nueva república, Bolivia, llamada así en honor a Simón Bolívar.

La Audiencia de Charcas era mediterránea al momento de su independencia, así lo conocían los ayer súbditos de la Corona y ahora ciudadanos de la nueva república boliviana, porque de esta forma lo explicitaba la Recopilación de las Leyes de India, instrumento político- jurídico en el cual S.M. Carlos II de España, promulgado en 1680 y vigente hasta 1810, compendió las leyes que regían sus territorios en América.

En una de sus leyes se lee que la Audiencia de Charcas no tiene costas en el mar Pacífico o del Sur.
En otra ley estipula que Arica, aunque fuese del distrito de la Audiencia de Lima, cumpliera los mandamientos de los de Charcas en cuanto a la salida y entrada de pasajeros y productos de ultramar.

Esta condición mediterránea heredada, inquietó a su primer presidente don Antonio José de Sucre, quien dispuso la exploración del litoral y la recomendación fue la ensenada de Cobija, situada al sur de la desembocadura del río Loa. Pero Sucre consideró inapropiada esta solución porque el lugar era inhóspito y se encontraba muy distante del altiplano, por lo que resolvió hacer la gestión ante el Gobierno del Perú para que se le cediese Arica, ya que ese puerto cumplía con la servidumbre de salida oceánica a la Audiencia de Charcas, como disponían las Leyes de Indias. Empero, el requerimiento se encontró con la negativa del gobernante interino de Perú don Andrés Santa Cruz, boliviano de nacimiento. Luego, en 1829, el mismo Santa Cruz fue presidente de Bolivia y retomó la gestión de requerir Arica para su territorio, pero también ésta fracasó. Esto hizo que Santa Cruz reconsiderara Cobija. De hecho estableció allí un organismo litoral dependiente directamente de la capital y declaró a Cobija puerto franco.

Lo sorprendente fue que Bolivia se estableció en territorios que le pertenecían a Chile y nuestro país por distintas razones coyunturales, no pudo darle la debida atención al hecho que, por derecho era parte de la herencia hispánica.Ayudó a agravar la situación, el artículo 1º de la Constitución Política de 1833 que declaraba: "El territorio de Chile se extiende desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos y desde la cordillera de Los Andes al mar Pacífico, todas las islas adyacentes y las de Juan Fernández". Aunque hubo intentos posteriores de anular esta verdadera sentencia condenatoria sobre nuestros territorios heredados de la Corona Española, argumentando por ejemplo, que las fronteras de un país pueden ser modificadas y en consecuencia su definición no es propia de un cuerpo constitucional, la situación no fue revertida, sino más bien confirmada por declaraciones oficiales subsiguientes.